Asilo para los mayores de edad (los que entraron al país después de cumplir los 18 años de edad) – Si Ud. es recién llegado a los Estados Unidos y Ud. vino huyendo amenazas, intentos de asesinato, violaciones, violencia doméstica, u otra forma de persecución es posible que Ud. califique para solicitar el asilo (o protección bajo una ley parecida). Es imprescindible que Ud. comprenda que tiene tan sólo un año desde la fecha que Ud. llegó a los Estados Unidos para entregar su solicitud de asilo a la corte de inmigración. Consulte con un abogado de inmigración ya mismo y no espere hasta el último momento.
Asilo para los menores de edad (los que entraron al país antes de cumplir los 18 años de edad) – Si un menor de edad entró en este país sin acompañante y sufrió persecución en su país natal o teme que sea perseguido al regresar a su país natal, también tiene derecho a solicitar el asilo. La gran diferencia, es que el menor de edad va a tener la oportunidad de presentar su caso en un ambiente no adversario con un oficial de asilo. Si el menor no tiene éxito ante el oficial de asilo, el menor de edad tendrá una segunda oportunidad para exponer su caso a un juez de inmigración.
Asilo para los menores de edad (los que entraron al país antes de cumplir los 18 años de edad) – Si un menor de edad entró en este país sin acompañante y sufrió persecución en su país natal o teme que sea perseguido al regresar a su país natal, también tiene derecho a solicitar el asilo. La gran diferencia, es que el menor de edad va a tener la oportunidad de presentar su caso en un ambiente no adversario con un oficial de asilo. Si el menor no tiene éxito ante el oficial de asilo, el menor de edad tendrá una segunda oportunidad para exponer su caso a un juez de inmigración.